El outsourcing es una modalidad de trabajo en la que una empresa terceriza actividades a través de la subcontratación.Este régimen se incluyó en la Ley Federal del Trabajo en el año 2012 y, desde entonces, las empresas comenzaron a externalizar servicios laborales.
Al tercerizar esta y otras funciones, se obtiene una considerable mejora en una empresa en términos financieros y de productividad, lo que ha hecho que este esquema goce de una excelente aceptación en México y que actualmente más de cuatro millones de mexicanos laboren bajo el sistema de outsourcing, según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
La principal característica del régimen en cuestión es que, a diferencia de como ocurre en el esquema tradicional —donde hay un patrón y un trabajador— en este participan tres sujetos: un patrón (que hace las veces de intermediario), el colaborador y una empresa contratante para la que el trabajador presta sus servicios.
Esta es una forma habitual de conseguir empleo para muchas personas. Sin embargo, hasta hace poco no todas las organizaciones realizaban los procedimientos requeridos, de la manera correcta, pensando en la correcta selección de personal y en favor de su capital humano. Dando como resultado el incumplimiento de los derechos del capital humano y, por tanto, una devaluación del trabajo y un detrimento de la reputación corporativa.
Esta es la razón por la que en México, se aprobó una reforma de ley aplicable a las empresas que ofrecen servicios por subcontratación y aquellas que se benefician de ellos. La modificación del 24 de abril de 2021, busca erradicar ilícitos como la evasión fiscal o de pago de utilidades, el registro de empleados con salarios distintos a los que realmente perciben y la renovación constante de contratos, una práctica que impide a los trabajadores generar antigüedad.
Las empresas proveedoras de servicios especializados deberán registrarse en el padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para lo cual tendrán que estar al corriente con sus obligaciones fiscales y de seguridad social, además que el contrato deberá renovarse cada tres años.
Así mismo, las empresas inscritas en este registro deberán presentar informes cuatrimestrales al Infonavit con relación a los acuerdos celebrados con otras empresas, las funciones y datos de cada uno de los colaboradores que participan.
Las empresas contratantes, por otro lado, tendrán la responsabilidad de contratar directa y formalmente a los trabajadores que ya forman parte de su operación o a aquellos que hacen falta para desempeñar ciertas funciones. Para realizar las adecuaciones necesarias en sus procesos de administración y gestión, dispondrán de un periodo de tres meses desde el momento en que fue publicada su modificación en el Diario Oficial.
La única excepción, según lo establece esta reforma a la Ley Federal del Trabajo, es la contratación de servicios especializados que no tengan relación con la actividad principal de las organizaciones. Por ejemplo, los servicios de limpieza o de comedor industrial que contrata una compañía dedicada a la construcción, aunque son indispensables, no se consideran parte de la actividad principal, sino de mejora en una empresa, por lo que la subcontratación de los mismos sigue siendo legal.
Desde la perspectiva de los trabajadores, una mejora empresarial importante es la capacidad para generar antigüedad laboral. Otra ventaja es que no habrá manera de evadir el reparto de utilidades, que deberá corresponder a tres meses de salario o el promedio del salario recibido en tres años laborales, aplicándose el criterio que más beneficie a cada trabajador.
Según Ley Federal del Trabajo, las fechas para la entrega de utilidades son el 30 de mayo, en caso de que se trabaje para una empresa (persona moral), y el 29 de junio, en el caso de quienes trabajen para un particular (persona física). Además, los trabajadores que anteriormente no recibían utilidades o percibían una cantidad mínima por este concepto, recibirán un incremento del 2.6, equivalente a 57 días de trabajo.
Con el propósito de fortalecer las relaciones de trabajo y alcanzar la mejora empresarial, al cuidar el capital humano, es necesario vigilar que en estos vínculos se cumplan las condiciones para garantizar los derechos laborales y humanos de los colaboradores.
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